Aseguradoras bajo la lupa: CNSF exige mayor transparencia en contratos y cobro de primas

Uno de los ajustes más relevantes para las aseguradoras está relacionado con los mecanismos para cobrar y pagar las primas de los seguros.
La Comisión Nacional de Seguros y Fianzas (CNSF) endureció las reglas para las aseguradoras, por lo que ahora exigirá mayor claridad y transparencia en sus contratos para evitar confusiones en las pólizas, con el objetivo de proteger los intereses de los clientes y beneficiarios.
A través de una publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el organismo estableció que las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas deberán detallar el alcance, los términos y las condiciones de los productos que ofrecen, así como cualquier limitante o modalidad que forme parte de las coberturas.
Conforme a lo previsto en el artículo 200, fracciones IV y V de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, las Instituciones de Seguros y Sociedades Mutualistas, al realizar su actividad, deberán indicar, de manera clara y precisa en la documentación contractual, el alcance, términos, condiciones, exclusiones, limitantes, franquicias o deducibles, y cualquier otra modalidad que se establezca en las coberturas o planes que ofrezcan, así como los derechos y obligaciones de los contratantes, asegurados o beneficiarios", dicta el DOF.
La disposición también obliga a las instituciones a precisar los derechos y obligaciones de los contratantes, asegurados o beneficiarios, además de verificar que la documentación contractual coincida con la nota técnica de cada producto.
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En ese sentido, se señaló que tras revisar los criterios de la circular, considera necesario modificar el criterio u), denominado "Operaciones análogas y conexas (B-21)", para añadir el tratamiento contable de los ingresos y costos relacionados con los servicios.
Otro de los ajustes se relaciona con los mecanismos para cobrar y pagar las primas de los seguros. La CNSF consideró necesario que las instituciones aseguradoras establezcan expresamente cómo se realizará el cobro cuando los pagos se efectúen mediante descuentos al salario o por nómina, tarjetas de crédito, débito o departamentales, transferencias bancarias y plataformas digitales.
Esta medida busca dar certeza jurídica a los asegurados y con ello evitar que en el futuro se realicen cobros indebidos o abusos mediante los diferentes canales de pago que se establecieron en los contratos.
La aplicación de los criterios de contabilidad contenidos en el Anexo 22.1.2., que se adicionan con la presente Circular Modificatoria, respecto de los contratos o convenios en los que se haya pactado el pago de la prima mediante descuento al salario o descuento por nómina, con cargo a tarjeta de crédito, débito o departamental, mediante transferencias bancarias o a través de plataformas digitales, será obligatoria a partir del 1 de enero de 2027", se lee en el DOF.
Contabilidad, otro frente a cubrir para las aseguradoras Los ajustes también contemplan modificaciones realizadas en 2024 a la Circular Única de Seguros y Fianzas, con el propósito de mantener la congruencia en sus procesos contables y las Normas de Información Financiera (NIF) D-1 "Ingresos por contratos con clientes" y D-2 "Costos por contratos con clientes".
Aseguradoras deberán precisar el cobro de primas Otro de los ajustes se relaciona con los mecanismos para cobrar y pagar las primas de los seguros.



