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¿Cuánto dinero puedes tener en una cuenta de débito? Esto dice el SAT sobre saldos y depósitos

Por Redacción Sinergia Empresarial · 23 de agosto de 2026 · 2 min
¿Cuánto dinero puedes tener en una cuenta de débito? Esto dice el SAT sobre saldos y depósitos

Aunque el SAT no define los montos máximos permitidos en una tarjeta de débito, puede involucrarse en caso de detectar anomalías.

Las cuentas bancarias de débito son una de las formas más comunes de administrar y guardar el capital con el que cuentan las personas. En México, pese a considerarse activos personales, no dejan de estar sujetas a las regulaciones fiscales del Servicio de Administración Tributaria (SAT) .

En este contexto, el monto máximo con el que se puede contar en una cuenta de débito antes de generar algún tipo de sanción o auditoría es uno de los temas que más dudas generan entre los usuarios de este servicio bancario.

De acuerdo con la información del regulador fiscal de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), no existe una disposición que establezca un monto máximo de ahorro o saldo para una tarjeta de débito o cuenta bancaria en el país.

Ante la falta de regulaciones en esta materia, tener una suma elevada dentro de una cuenta bancaria no genera automáticamente multas, impuestos adicionales o sanciones por parte del SAT.

Pese a que el monto no genera alertas para el organismo fiscal, existen algunas restricciones en el manejo de las cuentas de débito que pueden estar sujetas a topes e incluso ponerte en la mira de las autoridades.

De acuerdo con las disposiciones oficiales, existe un monto máximo mensual para los movimientos dentro de la cuenta —que incluyen los depósitos y transferencias que se realizan—, según la Ley de Instituciones de Crédito en México.

Actualmente, de manera estandarizada, en las cuentas se pueden realizar movimientos de un máximo de 15,000 pesos al mes , aunque el tope puede variar dependiendo del tipo de tarjeta contratada y del límite que tenga, el cual es definido por el banco.

De acuerdo con el artículo 55 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR), los bancos solo notificarán al SAT sobre aquellos depósitos en efectivo acumulados de más de 15,000 pesos mexicanos.

Debido a que la entidad solo reconoce el total acumulado, no aplican estrategias como realizar varios abonos pequeños o depositar cantidades menores en varias cuentas al mismo nombre, pues el banco informará de cualquier manera.

Pese a que el SAT ha aclarado que no realiza monitoreos aleatorios ni seguimiento constante de ninguna persona, las discrepancias fiscales —depósitos o gastos por más dinero del que se declara— sí pueden provocar auditorías y requerimientos de pago del organismo.

Información con base en Redacción Sinergia Empresarial. Redacción y edición: Sinergia Empresarial.