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A quiénes sí y a quiénes no les aplica la reducción de la jornada laboral desde hoy en Colombia

La medida nació con la Ley 2101 de 2021, que modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo para bajar la jornada ordinaria máxima de 48 a 42 horas semanales.

Por Redacción Sinergia Empresarial · 15 de julio de 2026 · 2 min
A quiénes sí y a quiénes no les aplica la reducción de la jornada laboral desde hoy en Colombia

La medida nació con la Ley 2101 de 2021, que modificó el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo para bajar la jornada ordinaria máxima de 48 a 42 horas semanales.

Bloomberg Línea — Desde este miércoles 15 de julio de 2026, la jornada laboral máxima en Colombia queda en 42 horas semanales.

Esta fecha marca el cierre de un proceso que comenzó hace cuatro años y que cambió, de manera progresiva, la forma en la que millones de trabajadores prestan sus labores.

El cambio se diseñó en cuatro fases para que empresas y trabajadores se adaptaran sin traumatismos: 47 horas en julio de 2023, 46 horas en julio de 2024, 44 horas en julio de 2025 y, finalmente, 42 horas a partir de hoy.

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El contexto detrás de la ley tiene que ver con la posición de Colombia en el panorama laboral internacional: en 2022 el país registró el mayor promedio anual de horas trabajadas entre los miembros de la OCDE, con 2.405 horas por persona.

El objetivo, de acuerdo con el Ministerio de Trabajo, es mejorar el equilibrio entre la vida personal y laboral, sin sacrificar productividad ni ingresos.

Este cierre de la Ley 2101 coincide además con varias disposiciones de la Ley 2466 de 2025 (reforma laboral), que ajustó temas como los recargos por trabajo dominical y festivo, que subieron al 90% desde el primero de julio, y el manejo de las horas extra y los turnos nocturnos.

La reducción de la jornada laboral no afecta el salario. Un trabajador que gane el mínimo seguirá recibiendo el mismo pago mensual, pero como ese dinero ahora se reparte entre menos horas, el valor de la hora ordinaria sube.

También aumenta el valor de las horas extra y los recargos nocturnos, dominicales y festivos, que se calculan sobre esa base horaria más alta.

La reducción cobija a todos los trabajadores vinculados mediante contrato laboral en el sector privado y a algunas entidades del Estado, así como a los trabajadores del servicio doméstico a tiempo completo, tanto internos como externos.

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Empresas de todos los tamaños deben ajustar sus turnos y esquemas de horario para no exceder el nuevo tope.

No todos los trabajadores quedan cobijados automáticamente por las 42 horas:

Sinergia Empresarial continuará el seguimiento de esta información sobre a quiénes sí y a quiénes no les aplica la reducción de la jornada laboral desde hoy en Colombia y ampliará la cobertura conforme se confirmen nuevos elementos relevantes para el ecosistema empresarial.