¿Por qué el 2 de noviembre no es feriado si no hay bancos ni clases?

Cada 2 de noviembre, millones de mexicanos conmemoran el Día de Muertos, una de las tradiciones más importantes del país. Aunque para muchas personas esta fecha representa un día de descanso, debido a que los bancos cierran sus puertas y la SEP suspende clases existe una duda que se convierte en término de búsqueda: ¿el 2 de noviembre es un día festivo oficial en México?
La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece cuáles son los días de descanso obligatorio para las personas trabajadoras. Y, aunque el Día de Muertos tiene una gran relevancia cultural, el 2 de noviembre no está incluido en esta lista.
Aunque el Día de Muertos es una de las celebraciones más representativas de México, el 2 de noviembre no está reconocido como día de descanso obligatorio por la Ley Federal del Trabajo.
De acuerdo con el artículo 74 de esta legislación, los días feriados oficiales son fechas específicas como el 1 de enero, el 1 de mayo, el 16 de septiembre y el 25 de diciembre, entre otras.
En esta lista tampoco aparece el 1 de noviembre ni el 2 de noviembre, por lo que las empresas no están obligadas por ley a suspender actividades durante el Día de Muertos.
Esto significa que, aunque algunas instituciones y centros de trabajo decidan otorgar el día libre a sus empleados, se trata de una prestación o disposición interna y no de un descanso obligatorio establecido por la legislación laboral.
La confusión surge porque, aunque no es un feriado oficial para los trabajadores, distintas instituciones sí contemplan esta fecha como un día inhábil o de suspensión de actividades.
En el caso de los bancos, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) establece en su calendario anual los días en que las instituciones financieras deben cerrar sus puertas y suspender operaciones. Para 2026, el 2 de noviembre está contemplado como día inhábil para las entidades financieras sujetas a estas disposiciones.
Por su parte, la Secretaría de Educación Pública (SEP) incluye el 2 de noviembre de 2026 como día de suspensión de labores docentes en el calendario escolar 2026-2027 para educación básica. Esto significa que las escuelas públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional no tienen clases en esa fecha.
Sin embargo, es importante distinguir que los calendarios bancario y escolar tienen sus propias disposiciones y no modifican los días de descanso obligatorio establecidos en la Ley Federal del Trabajo.
Por ello, que los bancos cierren y que los estudiantes no tengan clases no significa que todos los trabajadores tengan derecho a descansar.
Si tienes que trabajar el 2 de noviembre, debes saber que, al no ser un día de descanso obligatorio conforme a la Ley Federal del Trabajo, no tienes derecho a recibir un pago doble adicional por laborar en esta fecha.
En términos generales, el día se paga como una jornada laboral ordinaria, es decir, recibes tu salario habitual.
Esto es diferente de lo que ocurre en los días feriados oficiales. El artículo 75 de la Ley Federal del Trabajo establece que las personas que trabajen durante un día de descanso obligatorio tienen derecho a recibir, independientemente de su salario correspondiente al descanso, un salario doble por el servicio prestado.
En otras palabras, reciben un pago triple por ese día: su salario diario normal más dos salarios adicionales.
Por ejemplo, si una persona gana 500 pesos al día y trabaja en un feriado oficial, debe recibir 1,500 pesos por esa jornada.
En cambio, si trabaja el 2 de noviembre, recibirá sus 500 pesos habituales, siempre que no exista algún acuerdo laboral, contrato individual o colectivo que establezca un beneficio adicional.
El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo establece las fechas en las que las personas trabajadoras tienen derecho a descansar de manera obligatoria:
Primer lunes de febrero: en conmemoración del 5 de febrero, Día de la Constitución.
Tercer lunes de marzo: en conmemoración del 21 de marzo, natalicio de Benito Juárez.
Tercer lunes de noviembre: en conmemoración del 20 de noviembre, aniversario de la Revolución Mexicana.
1 de octubre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal.
El día que determinen las leyes electorales federales y locales para efectuar la jornada electoral ordinaria.



